El ministro de Salud, José Ruales, informó que a partir del 15 de agosto se permitirá la libre comercialización de pruebas rápidas para la autodetección de COVID-19. De esta manera, la población podrá acceder a las pruebas sin la necesidad de tener una receta médica, explicó el funcionario. El anuncio lo hizo el 9 de agosto, como parte de las resoluciones adoptadas por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional.
Al respecto, Ruales señaló que se presentó un protocolo al COE nacional para el test rápido de diagnóstico. Con base en dicho protocolo, se prevé que hoy se emita un acuerdo ministerial para coordinar las acciones pertinentes con la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), a fin de que se libere la venta de la pruebas rápidas, siempre que tengan una sensibilidad mayor al 90 % y una especificidad mayor al 95 %.
Estos productos se podrán comercializar en los lugares que sean autorizados por la ARCSA a escala nacional, desde mediados de agosto.
El ministro precisó que las pruebas rápidas deberán ser registradas en la página web del Ministerio de Salud; ahí se ingresarán los datos del paciente, incluyendo su lugar de domicilio, y el resultado de la prueba. La información servirá para conocer dónde se presentan los casos positivos y proceder con la vigilancia epidemiológica, indicó.